Descripción
La presente resolución establece la convocatoria correspondiente a las subvenciones públicas para el fomento de la movilidad eléctrica y de la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre con fondos propios de la comunidad autónoma y fondos FEDER Extremadura (PO 2014-2020), para el ejercicio 2019, por un importe total de 2.375.000 euros. Con la presente convocatoria se subvencionarán actuaciones destinadas a la elaboración de planes de movilidad urbana sostenible, a la adquisición de vehículos eléctricos, así como al desarrollo de infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos.
Cuantía
Las actuaciones y modalidades cofinanciadas con fondos FEDER Extremadura 2014-2020 se imputarán al superproyecto 201814006900100. “4.5.1. Fomento de la movilidad urbana sostenible”. En la tabla siguiente se especifican por línea, beneficiarios, actuación y tipo de modalidad los proyectos de gastos afectados, las partidas presupuestarias, así como su distribución temporal y económica.
Línea de ayuda 3:
Proyecto de gasto 201914006000900 Ayudas al Sector privado para la instalación de puntos de recarga.
Tipo Modalidad- anexo I. - Actuación C).- Modalidad: C.1.
Aplicación presupuestaria 14.06.333A.770.00.
Anualidad 2020 200.000 euros. Anualidad 2021 200.000 euros.
Proyecto de gasto 201914006000100 Ayudas al Sector público para la instalación de puntos de recarga.
Tipo Modalidad- anexo I. - Actuación C).- Modalidad: C.1.
Aplicación presupuestaria 14.06.333A.760.00.
Anualidad 2020 200.000 euros. Anualidad 2021 250.000 euros.
TOTAL: 850.000 euros.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convocan con la presente resolución los municipios, entidades locales menores, empresas privadas y comunidades de bienes.
Solicitudes
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la convocatoria.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución y del extracto de la misma a que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en el Diario Oficial de Extremadura. No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo, las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la convocatoria.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía
Av. Luis Ramallo, s/n
Teléfono: 924002000
Sitio Web: http://aym.juntaex.es/home
Enlaces: Acceso información pública oficial
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