Descripción
Estas bases tienen por objeto regular la ayuda denominada "BONO COOLTURA JOVEN", destinado a jóvenes residentes en Cantabria, dentro de las franjas de edad definidas, con la finalidad de promover la cultura en sus múltiples manifestaciones.
Cuantía
La financiación estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente, siendo la convocatoria de esta subvención la que determine la cuantía, conforme a los presupuestos y disponibilidad de la Sociedad.
Beneficiarios
1.- Podrán ser beneficiarios de esta subvención personas físicas, jóvenes españoles o pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea que hayan nacido entre el 1 de julio de 1990 y el 1 de julio de 2002, ambos inclusive, empadronados en Cantabria.
2.- Asimismo, serán beneficiarios de esta subvención en concepto de entidades colaboradoras aquellas empresas que comercialicen productos o servicios culturales que dispongan de un establecimiento abierto al público en Cantabria y formalicen un convenio de colaboración en la subvención con la Sociedad, en los términos que se recogen en estas Bases.
3.- En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
Solicitudes
La solicitud se realizará preferentemente a través de la aplicación informática establecida por la Sociedad para la gestión de esta ayuda, "BONO COOLTURA JOVEN", cumplimentado el formulario online disponible al cual habrá que acompañar la documentación que se solicita.
Esta aplicación estará disponible tanto en la web, como mediante app descargable a dispositivos móviles.
Excepcionalmente la solicitud podrá presentarse de manera presencial en las oficinas de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S. L. (C/ Gamazo, s/n, 39041, Santander), siempre que, con carácter previo, se concierte una cita para realizar esta presentación. A tal efecto los interesados deberán cumplimentar el modelo oficial, el cual podrá conseguirse en la página Web de la "Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S. L." A la solicitud presencial se acompañará copia del DNI/TIE-NIE del solicitante.
Plazo
1.- Una vez publicado el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, los beneficiarios únicamente podrán solicitar la subvención a través de una aplicación informática diseñada por la Sociedad, mediante la app creada al efecto o de forma presencial, conforme a lo previsto en los artículos 4.1 y 6.1 de la presente Orden.
2.- El plazo para la presentación de solicitudes se mantendrá abierto hasta el 30 de noviembre de 2020, o en su caso, hasta que se agoten los fondos destinados para su financiación.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Educación, Cultura y Deporte
Teléfono: 925247400
Sitio Web: http://www.castillalamancha.es/gobierno/educacionculturaydeportes
Enlaces: Acceso información pública oficial
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