Descripción
En los términos establecidos en la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de 25 de septiembre de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de octubre de 2020), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid.
Cuantía
La cuantía de las ayudas que podrán percibir los titulares o arrendatarios de las viviendas o edificios del sector terciario que realicen la sustitución de ventanas cumpliendo los requisitos establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas bases reguladoras ascenderá a 110 euros por cada m2 del vidrio instalado que se hayan acogido al Plan Renove de Ventanas, salvo que se supere el 25 por 100 del coste elegible, en cuyo caso la cuantía de la ayuda será el 25 por 100 del coste elegible.
Se considerará como coste elegible el formado únicamente por los conceptos de compra de ventanas, incluyendo cualquier elemento adicional, documentación técnica y mano de obra necesaria para su instalación (IVA no incluido).
También se considerará como coste elegible el coste de gestión de la ayuda por parte de cualquier tipo de profesional.
El incentivo estará limitado a 50.000 euros, tanto por beneficiario como por dirección.
En caso de que el pago realizado y justificado no corresponda a la totalidad del importe de la inversión subvencionada, la ayuda se minorará proporcionalmente.
Las empresas, empresarios autónomos, sociedades cooperativas, instituciones sin ánimo de lucro y otras entidades que desarrollen una actividad económica no podrán superar el límite de 200.000 euros para el mismo beneficiario durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, en los términos establecidos en el Reglamento UE 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.
Beneficiarios
Podrán acogerse a las ayudas reguladas en esta convocatoria relativa al Plan Renove de Ventanas, y obtener la condición de beneficiarios de las mismas, las personas físicas o jurídicas titulares o arrendatarios de los inmuebles de la Comunidad de Madrid en los que se realice la reforma, que:
a. Cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas
bases reguladoras;
b. Realicen la reforma y el pago correspondiente en los plazos establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas bases reguladoras.
c. Soliciten la concesión de la ayuda.
d. Rellenen correctamente, con este objeto, el Boletín de Solicitud de Ayuda del Plan
de Ventanas de la Comunidad de Madrid, según Formulario 1.
e. Hayan aportado en los plazos establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas bases reguladoras la documentación indicada en las mismas.
f. Y que, además (y en último término), sean quienes realicen la inversión necesaria
para la ejecución de la instalación, con independencia de que la misma sea objeto
de cualquier tipo de financiación expresa o tácita. Se entenderá que existe financiación de la instalación cuando la inversión sea inicialmente ejecutada por una entidad distinta al titular o arrendatario del inmueble en el que se ubique la reforma,
pero la misma sea recuperada por aquella en un determinado período de tiempo mediante el cobro a este de las cantidades correspondientes al capital invertido.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Solicitudes
Las solicitudes se tramitarán por orden cronológico de entrada (día y hora) hasta agotar el crédito disponible.
Las solicitudes de ayuda se canalizarán necesariamente a través de las empresas instaladoras adheridas según los requisitos y procedimientos que se detallan en las bases reguladoras (Orden de 25 de septiembre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la
Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de
Ventanas de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de octubre de 2020).
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el 31 de diciembre de 2021, o, en su caso, hasta que finalice el período de prórroga del Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid, siempre que exista crédito disponible.
Datos Organismo Otorgante
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Paseo de la Castellana, 160
Teléfono: 913494000
Sitio Web: http://www.minetad.gob.es/es-ES/Paginas/index.aspx
Enlaces: Acceso información pública oficial
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