Descripción
Mediante las ayudas definidas en la operación 4.1.1 «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias», se apoyarán aquellas iniciativas que contemplen inversiones en activos físicos, materiales o inmateriales, no relacionadas con la producción de olivar, dirigidas a modernizar y/o mejorar el rendimiento económico, así como optimizar la eficiencia energética, de las explotaciones agrarias ubicadas en Andalucía, modernizando y mejorando el rendimiento económico, así como la optimización de la eficiencia energética de las mismas.
Mediante las ayudas definidas en la operación 4.1.2 «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias de olivar», se apoyarán aquellas iniciativas que contemplen inversiones en activos físicos, materiales o inmateriales, dirigidas a modernizar y/o mejorar el rendimiento económico de las explotaciones agrícolas de olivar ubicadas en Andalucía, modernizando, reestructurando y mejorando el rendimiento económico de las mismas.
Cuantía
Para la operación 4.1.1, la inversión máxima auxiliable por explotación será de 120.000 euros. Cuando la inversión este dirigida a la construcción, adquisición, o mejora de un invernadero, la inversión máxima auxiliable podrá alcanzar la cuantía de 200.000 euros.
Cuando las inversiones se dirijan a la modernización de una explotación de vacuno de leche o en el caso de inversiones colectivas promovidas por agrupaciones de agricultores en el sector del ovino de carne, la cuantía máxima será de 300.000 euros.
Para la operación 4.1.2, la inversión máxima auxiliable por explotación será de 120.000 euros.
Beneficiarios
Para las subvenciones dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias (operación 4.1.1), a través de inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias (modernización genérica de explotaciones agrarias), podrán ser beneficiarios los agricultores con personalidad física o jurídica, incluidos jóvenes agricultores solicitantes de la submedida 6.1, agrupaciones de agricultores, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que sean titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para las inversiones que realicen no relacionadas con la producción de olivar.
Para las subvenciones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global en explotaciones de olivar (operación 4.1.2), a través de inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global en explotaciones agrarias de olivar, podrán ser beneficiarios los agricultores con personalidad física o jurídica, incluidos jóvenes agricultores solicitantes de la submedida 6.1, agrupaciones de agricultores, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que sean titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para las inversiones que realicen relacionadas con la producción de olivar.
Solicitudes
Las solicitudes se presentaran de forma exclusiva electrónica en el Registro Electrónico Único de la administración de la Junta de Andalucía, través del siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y servicios de la página web de la Junta de Andalucía: https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/22097/datos-basicos.html
Las solicitudes se presentarán de forma exclusiva electrónica, al poder optar las personas interesadas por la presentación electrónica a través de las Entidades Habilitadas reconocidas al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2019, por la que se regula el procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, y se convoca procedimiento de habilitación para determinadas submedidas del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
Dicha habilitación es conforme a lo establecido en el articulo 5.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que contempla la posibilidad de que las Administraciones Públicas puedan habilitar a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de las personas interesadas.
La relación de Entidades Habilitadas reconocidas, sus sedes físicas y horarios de asistencia están publicados en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en el procedimiento de su habilitación en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/18340/seguimiento.html
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Datos Organismo Otorgante
Consejeria de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural
C/ Tabladilla, s/n
Teléfono: 955 032 000
Sitio Web: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/
Enlaces: Acceso información pública oficial
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