Descripción
La presente Resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las explotaciones de vacuno de carne de la Comunidad Foral de Navarra, con el objeto de garantizar la viabilidad económica de las explotaciones y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva ocasionados por los graves perjuicios económicos que ha tenido en estas explotaciones la perturbación del mercado ocasionada por el estado de alarma y por los efectos derivados de la pandemia ocasionada por el COVID-19.
Cuantía
La cuantía máxima de la ayuda será de 30 euros por animal elegible que resulte del pago acoplado de vaca nodriza, según lo dispuesto en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta ayuda, los titulares de explotaciones ganaderas de vacas nodrizas ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra, con el fin de garantizar su viabilidad económica y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva, que cumplan los requisitos establecidos para las ayudas asociadas a estas explotaciones en el artículo 61 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, y que hayan solicitado, en la Solicitud Única de la convocatoria 2020, la ayuda asociada a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas, y la ayuda desacoplada del Régimen de pequeños agricultores, que reúnan las siguientes condiciones:
a) No encontrase en situación de crisis a 31 de diciembre de 2019. Como excepción a lo anterior se podrán conceder ayudas a microempresas o pequeñas empresas que ya estuvieran en crisis a 31 de diciembre de 2019, siempre y cuando no se encuentren inmersas en un procedimiento concursal con arreglo a su Derecho nacional y no hayan recibido una ayuda de salvamento o de reestructuración.
Los beneficiarios que no cumplan la condición prevista en esta base 3.1.a) deberán comunicarlo al Servicio de Agricultura del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en un plazo de 10 días a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra. El incumplimiento de esta obligación dará lugar, en su caso, al reintegro de la subvención, y a la imposición de las correspondientes sanciones, de conformidad a la base 13 de la presente Resolución.
b) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente consecuencia de una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
Solicitudes
1. La solicitud de la ayuda se considerará sobre las cabezas declaradas y por las que se hayan solicitado las ayudas asociadas recogidas en el artículo 61 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, así como las cabezas que figuran en la base de datos de SITRAN con respecto a los ganaderos que solicitan la ayuda del Régimen de pequeños agricultores.
2. Dicha solicitud se considerará la realizada con la solicitud única de ayudas relativa a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería financiados por el FEAGA y a determinadas ayudas del Programa de Desarrollo Rural y de Estado de la convocatoria 2020, la cuales, se han presentado telemáticamente, directamente o a través de las entidades colaboradoras que a tal efecto hayan formalizado el correspondiente contrato con el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.
Plazo
Ver bases reguladoras.
Datos Organismo Otorgante
Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería
Teléfono: 848426631
Sitio Web: http://www.navarra.es/home_es/
Enlaces: Acceso información pública oficial
Te puede interesar
- Ayudas de minimis para la gestión forestal sostenible en fincas de titularidad privada para el año 2020, correspondientes a las reforestaciones y producción de trufa
- Ayudas de la Medida III, Acción III.2, "Apoyo al sector vacuno", Subacción III.2.1 "Prima a los terneros nacidos de vaca nodriza", Subacción III.2.2 "Prima a los terneros nacidos de otros vacunos", y Subacción III.2.3 "Prima por sacrificio" del Programa C
- Ayudas de la Acción III.6 "Ayuda al consumo de productos lácteos elaborados con leche de cabra y oveja de origen local", Subacciones III.6.1 "Ayuda a la industria láctea y queserías artesanales" y III.6.2 "Ayuda al productor de leche de caprino-ovino" del
- Subvenciones destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG)
- Ayuda para el suministro de animales reproductores de razas puras o razas comerciales originarios de la Comunidad
- Ayudas a la importación de terneros destinados al engorde
- Ayuda para la producción de reproductores de porcino en Canarias
- Ayudas de la Acción III.9 "Ayuda para la producción de gallinas ponedoras en Canarias" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias
- Ayuda al consumo humano de carne fresca de vacuno, porcino, conejo, caprino, ovino y pollo de origen local del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias
- Ayuda a la producción local de huevos de gallina del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias