Descripción
Esta convocatoria se publica al amparo de la Orden de 16 de enero de 2020, por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020, modificado por el Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionadas por el COVID-19 en la submedida 19.2 apoyo para la realización de las operaciones, conforme a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo correspondiente a la actuación a servicios básicos para la economía y la población rural.
La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de la comarca de La Vera, cuyos términos municipales son los siguientes: Aldeanueva de la Vera, Arroyomolinos de la Vera, Collado de la Vera, Cuacos de Yuste, Garganta la Olla, Gargüera de la Vera, Guijo de Santa Bárbara, Jaraíz de la Vera, Jarandilla de la Vera, Losar de la Vera, Madrigal de la Vera, Pasarón de la Vera, Robledillo de la Vera, Talaveruela de la Vera, Tejeda de Tiétar (Valdeíñigos), Torremenga, Valverde de la Vera, Viandar de la Vera y Villanueva de la Vera.
El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología LEADER, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Cuantía
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 150.000,00 euros que se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 12.03.314A.789, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en el Proyecto de Gasto 2016120030022.
La intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 90 % del gasto subvencionable para proyectos promovidos por asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro y del 100 % en el caso de personas promotoras públicas y grupos de acción local con el límite de 200.000 euros por proyecto.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Beneficiarios
Tendrán la consideración de personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas, las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro con personalidad jurídica, entidades locales, mancomunidades de municipios y grupos de acción local que promuevan proyectos no productivos que tengan por objeto la prestación de servicios básicos para la economía y la población rural.
Solicitudes
Ver bases reguladoras.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de 1 mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía
Av. Luis Ramallo, s/n
Teléfono: 924002000
Sitio Web: http://aym.juntaex.es/home
Enlaces: Acceso información pública oficial
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