Descripción
El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a promocionar e incentivar el consumo de servicios turísticos en la Región.
Las subvenciones incluidas en el presente decreto tienen como finalidad potenciar la promoción y comercialización de iniciativas de estímulo al consumo de servicios por parte de las personas consumidoras, prestados por el sector turístico de Castilla-La Mancha, para contribuir con ello al desarrollo del destino y de la competitividad empresarial de estos sectores.
Al amparo de lo dispuesto en el presente decreto serán subvencionables las siguientes líneas de subvenciones:
Línea 1: Ayudas a la promoción y comercialización de productos y servicios turísticos que tengan por objeto estimular el consumo de servicios turísticos en la región.
Línea 2: Ayudas para financiar las bonificaciones en el precio final del servicio de alojamiento a la persona
consumidora.
Cuantía
Las subvenciones previstas en este decreto se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha para 2020 por un importe total de 1.502.000 euros.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones de la línea 1, todas aquellas asociaciones que representen intereses profesionales de los ámbitos turísticos de la restauración, alojamientos turísticos, campings, del turismo activo y ecoturismo, y las asociaciones de profesionales del sector turístico.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones de la línea 2, todas aquellas pymes y personas autónomas que presten los servicios de alojamiento turístico en hoteles y hostales y las agencias de viajes que comercialicen estancias en estos alojamientos. También podrán acceder a la condición de beneficiario las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten estos servicios.
Solicitudes
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 10 días desde el día siguiente a la publicación de este decreto y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), que figura como anexo I. Al presentarse de esta forma, los documentos a aportar podrán ser digitalizados y presentados junto con la solicitud, como archivos anexos a la misma.
Plazo
Ver bases reguladoras.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Empleo y Economía
Teléfono: 925288000
Sitio Web: http://www.castillalamancha.es/gobierno/empleoyeconomia
Enlaces: Acceso información pública oficial
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