Descripción
En los términos establecidos en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla.
Cuantía
La dotación económica destinada a esta convocatoria de ayuda asciende a treinta y nueve millones ciento setenta y dos mil seiscientos cincuenta y dos euros con dieciocho céntimos de euro (39.172.652,18 euros), y se realizará con cargo al presupuesto de gastos de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, procedente de la transferencia de la Comunidad de Madrid.
El presupuesto del programa podrá ser ampliado, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad, y en todo caso no hubiera expirado el plazo de vigencia del mismo.
Beneficiarios
Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas los referidos en el artículo 11 del capítulo III del Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto. Los requisitos para obtener la condición de destinatario último de las ayudas serán los que se indican en el artículo 12 del mismo capítulo III.
Solicitudes
Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos. En caso de agotamiento del presupuesto, y siempre que no hubiera expirado la vigencia del programa PREE, podrán seguir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional, que serán atendidas por riguroso orden de fecha de entrada de la solicitud, supeditadas a que se produzcan desestimaciones o revocaciones de las solicitudes de ayuda previas que pudieran liberar presupuesto o bien se incorpore nuevo presupuesto a la convocatoria. En ningún caso, la presentación de una solicitud a la lista de reserva provisional generará derecho alguno para la persona solicitante, hasta que no se valide la solicitud.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta la conclusión de su vigencia según lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Economía y Hacienda
Teléfono: 91 580 22 58
Enlaces: Acceso información pública oficial
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