Descripción
Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión, bajo el régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones en el ejercicio 2021 para la realización de actuaciones que permitan fomentar la investigación y desarrollo en las empresas de capital extranjero que pretendan implantarse en España o en aquellas que, estando ya implantadas, pretendan iniciar y desarrollar sus actividades de I+D con la finalidad de contribuir a la mejora de la competitividad y productividad de la economía española.
Cuantía
1. El límite máximo de la subvención por beneficiario para esta convocatoria es de 200.000 euros. En este sentido, se debe tener también en cuenta las reglas de acumulación por beneficiario en el periodo de 3 ejercicios fiscales descritas en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de minimis.
2. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas en la presente convocatoria será de dos millones euros (2.000.000 euros) en total para el conjunto de las Comunidades Autónomas referidas en la convocatoria.
Beneficiarios
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de las excepciones establecidas en el artículo 1 del Reglamento (UE) nº 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las "ayudas de mínimis", las siguientes entidades:
a) Las empresas de capital extranjero, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de la concesión.
b) Agrupaciones de empresas donde participe al menos una empresa de capital extranjero, pudiendo ser beneficiarias en proporción al porcentaje de participación de capital extranjero.
2. A los efectos de esta convocatoria, se entenderá como empresa de capital extranjero aquella que tenga una participación en su capital de Inversión Extranjera Directa mayor o igual del 10%.
La participación extranjera en el capital de la empresa beneficiaria no podrá proceder de un país o territorio calificado como paraíso fiscal de acuerdo con la normativa española.
Solicitudes
Ver bases reguladoras.
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de esta convocatoria y se cerrará a los 30 días naturales (a las 23:59, hora local) a contar también desde el día siguiente a la publicación del extracto en el mencionado Boletín.
Datos Organismo Otorgante
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
P. de la Castellana 160
Teléfono: 902 446 006 - 9
Sitio Web: http://www.minetur.gob.es/ca-ES/Paginas/index.aspx
Enlaces: Acceso información pública oficial
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