Descripción
Convocar para el año 2021, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas destinadas a paliar el coste de las instalaciones de producción y ahorro de energía eléctrica para uso individual, mediante sistemas autónomos de producción energética basados en el empleo de energías renovables, en edificaciones aisladas del medio rural de propiedad particular, pertenecientes a municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria con una población inferior a 15.000 habitantes o que, aun siendo superior a esta cifra, la edificación pertenezca a un núcleo cuya población, en conjunto, sea inferior a 2.500 habitantes y, a criterio del Comité de Valoración, se considere que la instalación supone una mejora para el desarrollo de la zona y para la calidad de vida de sus habitantes.
Si las solicitudes presentadas no agotasen el crédito presupuestario disponible para el abono de las subvenciones aprobadas en el ejercicio, podrán subvencionarse acometidas eléctricas individuales a edificaciones que, cumpliendo lo estipulado en el párrafo anterior, se encuentren situadas a una distancia superior a 100 metros del punto de suministro más próximo.
Cuantía
Las ayudas reguladas por la presente Resolución se financiarán, por la Comunidad Autónoma de Cantabria, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.03.414A.772, Ayudas a la Electrificación Rural, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2021 por una cuantía máxima de 50.000 euros.
Beneficiarios
Podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas que se convocan las personas físicas o jurídicas que sean propietarios de las edificaciones objeto de la subvención y cuyo uso sea alguno de los siguientes:
Vivienda (para uso permanente o temporal).
Instalaciones agrícolas y ganaderas cuya superficie en planta sea superior a 30 m2 totales (para uso permanente o temporal).
Otras edificaciones para uso agrícola o agroalimentario.
Otras construcciones no incluidas en los puntos anteriores destinadas a uso general tales como ermitas, talleres, garajes, almacenes, pajares, locales de aperos de labranza, etc.
Solicitudes
La presentación de la solicitud de ayuda llevará implícita la aceptación de las obligaciones y requisitos establecidos en sus bases reguladoras. Asimismo, conlleva la autorización al órgano concedente para recabar los certificados acreditativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica y con la Seguridad Social. El solicitante puede denegar expresamente el consentimiento, debiendo en este caso aportar los correspondientes certificados acreditativos.
Plazo
Las solicitudes de ayuda irán dirigidas al Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente conforme al modelo normalizado que figura como:
Anexo I (A), para las solicitudes de subvención para sistemas de producción de energía eléctrica por medio de energías renovables;
Anexo I (B), para las solicitudes de subvención para acometidas eléctricas; y se presentarán en el plazo de un (1) mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural
Teléfono: 942 207 850
Sitio Web: http://www.cantabria.es/web/consejeria-de-desarrollo-rural-ganaderia-pesca-y-biodiversidad
Enlaces: Acceso información pública oficial
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